Prórroga y medidas para reducir la movilidad personal y restringir el contacto social en Barcelona y el área metropolitana por el brote epidémico COVID-19

 
Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
 
RESOLUCIÓN SLT / 2114/2020, de 31 de agosto, por la que se prorrogan determinadas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia del Covidien-19 a los municipios:
 
  • Barcelona
  • Viladecans
  • El Prat de Llobregat
  • Sant Joan Despí
  • Sant Boi de Llobregat
  • Cornellà de Llobregat
  • Sant Just Desvern
  • Esplugues de Llobregat
  • L'Hospitalet de Llobregat
  • Montcada i Reixac
  • Santa Coloma de Gramenet
  • Sant Adrià de Besòs
  • Badalona
  • Sant Feliu de Llobregat
  • Castelldefels
  • Gavà
 
Las medidas contenidas en esta Resolución son aplicables a todas las personas que se encuentren y circulen los municipios mencionados, así como a las personas titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en estos territorios.
 
A partir del día 1 de septiembre y durante 15 días se mantienen las medidas a los municipios del Área metropolitana de Barcelona. Las medidas siguen siendo recomendaciones.
 
Reuniones de personas
  • Prohibición de hacer reuniones de más de diez personas, tanto en el ámbito público como en el privado. En el caso de los espacios públicos no se permite, además, el consumo ni de alimentos ni bebidas.
  • Los actos religiosos como bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres limitan la asistencia al 33% del aforo.
 
Movilidad y desplazamientos
Se recomienda salir de casa sólo para:
  • Desplazamiento al trabajo
  • Desplazamiento a centro sanitario
  • Cuidado de personas mayores, menores o dependientes
  • Compra en tiendas de alimentación u otros con cita previa o aviso previo
  • Ocio y deporte con el grupo de convivencia habitual
  • Gestiones al banco
  • Actividades judiciales
  • Huertos de autoconsumo
  • Mudanzas
  • Causas de fuerza mayor
  • Para exámenes o pruebas oficiales inaplazables
 
Restauración y hostelería
  • Se permite la apertura de bares y restaurantes con el aforo en el interior limitado al 50%, sin posibilidad del consumo en barra, con una distancia mínima entre tablas y grupo de tablas de 1,5 my con un máximo de 10 personas por mesa. En el caso de las terrazas debe haber 2 m entre tablas y grupos de mesas con una ocupación del 50% del espacio autorizado y con un máximo de 10 personas por mesa. El horario de cierre de estos establecimientos es a la 1:00 horas como máximo, sin que se puedan admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
  • Siempre que sea posible, se deben utilizar preferiblemente servicio a domicilio y pedidos para llevar.
  • En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado.
 
Comercios
  • Tanto en espacios cerrados, como en espacios al aire libre, la distancia física interpersonal de seguridad se establece en 1,5 m. El aforo máximo permitido es el equivalente a 2,5 m² por persona.
  • Todos los establecimientos deben incrementar las medidas de precaución e higiene en el interior de los locales.
 
Permanecen abiertos
  • Actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas y deportivas siempre que no superen el 50% del aforo
  • Las actividades de casals y colonias de verano.
  • Bibliotecas y museos.
 
Diario oficial de la Generalidad de Cataluña Municipios de Barcelona y área metropolitana AQUÍ
Infografía sobre las medidas adicionales para contener el brote de Barcelona y diferentes municipios del área metropolitana AQUÍ
 
 

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